Planes de pensiones: entran en vigor las nuevas reglas

Ya se pueden recuperar aportaciones y rendimientos generados que tengan al menos 10 años de antigüedad sin justificación

A 30 de septiembre de 2024, en España había aproximadamente 7,3 millones de partícipes en planes de pensiones individuales, una cifra que ha ido en descenso en los últimos años especialmente tras la reducción de la cantidad deducible por las aportaciones a este instrumento de ahorro. 

Desde 2022, solo se pueden deducir 1.500 euros en el caso de los planes de pensiones individuales, mientras que en los planes de empleo -los ofrecidos por las empresas a sus trabajadores- el límite para la empresa es de 8.500 euros y el umbral conjunto (empresa y trabajador) se mantiene en los 10.000 euros.

Estos últimos suman ya 2,7 millones de partícipes tras la reforma aprobada en 2022 para impulsar un modelo de ahorro para la jubilación, que, destaca el sector, aún tiene mucho recorrido. «El número de partícipes en planes de pensiones de empleo va creciendo gradualmente, pero las aportaciones, la generosidad de los compromisos por pensiones, y los derechos económicos acumulados son todavía muy modestos», apuntaba en un reciente informe Santa Lucía.

Con la entrada del nuevo año se introduce un cambio legislativo en estos métodos de ahorro, y se pueden recuperar aportaciones y rendimientos generados que tengan al menos 10 años de antigüedad sin justificación. Este cambio, establecido en una ley de 2014, introduce una nueva posibilidad de liquidez para estos instrumentos de ahorro destinados a la jubilación.

La medida busca flexibilizar el acceso a los fondos acumulados, eliminando la necesidad de justificar motivos específicos para su rescate, como desempleo o enfermedad grave, requisitos que anteriormente limitaban su disposición. Cada año se irán así ampliando plazos: en 2025 se podrán rescatar las aportaciones hasta 2015, mientras que para las de 2016 habrá que esperar hasta 2026 y así sucesivamente.

Las cantidades rescatadas tributan en concepto de rendimientos del trabajo y se integran así en la base imponible general. En caso de rescate en forma de capital se puede aplicar una reducción del 40 % a la parte que corresponda a aportaciones realizadas antes de 2007. Por tanto, si se está barajando la posibilidad de rescatar el plan de pensiones conviene hacer cálculos y tener presente que resultará más ventajoso hacerlo en un ejercicio en el que se hayan obtenido bajos ingresos, evitando así subidas de tipo por saltos de tramo en la escala de gravamen.

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